¿Tengo que votar en las Elecciones del BPS 2026?

Si tenés dudas sobre si estás obligado a participar en las próximas elecciones del Banco de Previsión Social (BPS), en esta guía te ayudamos a identificar de forma rápida tu situación según tu actividad laboral o condición de pasivo.

¿Quiénes SÍ están obligados a votar?

La votación es obligatoria para todas las personas físicas y empresas que integren el padrón electoral elaborado por la Corte Electoral. Estás obligado si te encontrás en alguno de estos 3 grupos:

  1. Trabajadores en Actividad: Todos los trabajadores dependientes o no dependientes del sector público o privado registrados ante el BPS.
  2. Jubilados y Pensionistas: Afiliados pasivos del BPS menores de 75 años a la fecha de la elección.
  3. Empresarios y Contribuyentes: Titulares de empresas unipersonales, socios de SRL, directores de SA/SAS y representantes legalmente registrados ante el BPS.

¿Quiénes NO están obligados (Exonerados)?

No deberán emitir su voto ni abonar sanciones quienes se encuentren en las siguientes situaciones:

  • Jubilados o Pensionistas con 75 años o más al día de la elección (exoneración automática).
  • Personas no registradas en el padrón electoral de ninguno de los tres órdenes.
  • Personas que no cumplan con el período mínimo de aportes o registro exigido para la habilitación en esta elección.

¿Qué pasa si pertenezco a más de un orden?

Si sos trabajador activo y a la vez tenés una unipersonal o cobrás una pensión, figurás en múltiples padrones. En Uruguay, la ley establece que debés emitir un voto por cada orden en el que estés habilitado.

(Ejemplo: Si figurás como Trabajador y como Empresa, votás dos veces en mesas/circuitos correspondientes).

Comprobá tu situación en 1 minuto

Para confirmar con certeza si figurás en el padrón oficial y en qué orden te corresponde votar, ingresá con tu documento a nuestro enlace directo de consulta:

👉 Consultar el Padrón Oficial de la Corte Electoral