¿Tengo que votar en las Elecciones del BPS 2026?
Si tenés dudas sobre si estás obligado a participar en las próximas elecciones del Banco de Previsión Social (BPS), en esta guía te ayudamos a identificar de forma rápida tu situación según tu actividad laboral o condición de pasivo.
¿Quiénes SÍ están obligados a votar?
La votación es obligatoria para todas las personas físicas y empresas que integren el padrón electoral elaborado por la Corte Electoral. Estás obligado si te encontrás en alguno de estos 3 grupos:
- Trabajadores en Actividad: Todos los trabajadores dependientes o no dependientes del sector público o privado registrados ante el BPS.
- Jubilados y Pensionistas: Afiliados pasivos del BPS menores de 75 años a la fecha de la elección.
- Empresarios y Contribuyentes: Titulares de empresas unipersonales, socios de SRL, directores de SA/SAS y representantes legalmente registrados ante el BPS.
¿Quiénes NO están obligados (Exonerados)?
No deberán emitir su voto ni abonar sanciones quienes se encuentren en las siguientes situaciones:
- Jubilados o Pensionistas con 75 años o más al día de la elección (exoneración automática).
- Personas no registradas en el padrón electoral de ninguno de los tres órdenes.
- Personas que no cumplan con el período mínimo de aportes o registro exigido para la habilitación en esta elección.
¿Qué pasa si pertenezco a más de un orden?
Si sos trabajador activo y a la vez tenés una unipersonal o cobrás una pensión, figurás en múltiples padrones. En Uruguay, la ley establece que debés emitir un voto por cada orden en el que estés habilitado.
(Ejemplo: Si figurás como Trabajador y como Empresa, votás dos veces en mesas/circuitos correspondientes).
Comprobá tu situación en 1 minuto
Para confirmar con certeza si figurás en el padrón oficial y en qué orden te corresponde votar, ingresá con tu documento a nuestro enlace directo de consulta: