Guía del Orden Pasivos BPS 2026: Jubilados y Pensionistas

El Orden Pasivos permite a todos los jubilados, pensionistas y retirados del Banco de Previsión Social elegir a la delegación que los representará en el Directorio de la institución.


¿Quiénes deben votar en el Orden Pasivos?

Están obligados a votar todos los afiliados pasivos del BPS que perciban una Jubilación, Pensión o Retiro otorgado por el instituto y que se encuentren registrados en el padrón electoral habilitado.


Excepción especial: Mayores de 75 años

A diferencia de los demás órdenes, el Orden Pasivos cuenta con una exoneración por edad clave:

  • Las personas que tengan 75 años o más a la fecha de la elección NO están obligadas a votar.
  • Quedan automáticos y totalmente eximidos de la aplicación de multas sin necesidad de realizar ningún trámite previo o posterior de justificación.

Multa por no votar para jubilados y pensionistas menores de 75 años

Para los pasivos menores de 75 años que no concurran a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 30 días posteriores, la sanción es de 1 UR (aprox. $ 1.950).


Justificación por enfermedad o imposibilidad física

Si por motivos de salud o movilidad reducida el afiliado pasivo no puede concurrir al circuito asignado el día de la elección, podrá presentar el correspondiente certificado médico expedido por su mutualista, MSP o médico tratante ante la Junta Electoral o vía web dentro del plazo legal.